• Noticias

PLAN RENOVE VENTANAS 2019

La agencia valenciana de la energía subvenciona con hasta 75 euros / m2 el cambio de ventanas

Con fecha 15 de ENERO de 2019IMG_256 se ha publicado en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana RESOLUCIÓN de 13 de DICIEMBRE de 2018, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Ventanas 2019, destinadas a la rehabilitación térmica de ventanas en viviendas de la Comunitat Valenciana y la adhesión de comercios y empresas instaladoras.

El objeto de esta resolución es establecer las bases reguladoras y la convocatoria del IVACE del Plan Renove de Ventanas 2019 de la Comunitat Valenciana, destinado a la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas habituales de la Comunitat Valenciana.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias, usufructurarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunitat Valenciana.

Actuaciones apoyables

La renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

*Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior), no siendo objeto de subvención la reforma de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.

*Los acristalamientos a sustituir deberán ser de acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.

*Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.

*Las nuevas ventanas tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h.m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207

*Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I de la convocatoria de ayudas, las detalladas en la siguiente tabla:

IMG_256

Las renovaciones tienen que tener como destino final su instalación dentro el territorio de la Comunitat Valenciana. No se considerará actuación susceptible de ayuda:

*Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.

*Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.

*La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.

*La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente

*La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar

*Se considerarán sólo proyectos cuyo coste subvencionable sea superior a 1.000 €.

*No podrán acogerse a las presentes ayudas las renovaciones realizadas con anterioridad al 29 de enero de 2019.

Será requisito indispensable que la persona o empresa instaladora adherida al Plan Renove de Ventanas, realice la instalación completa de las ventanas.

El coste subvencionable se calculará con la suma de la inversión en acristalamiento, marco, premarco, montaje y desmontaje, más el IVA, descontada la aportación del comercio o empresa instaladora adherida al Plan Renove de Ventanas.

No serán subvencionables las persianas y otros elementos de protección solar, las obras de albañilería ajenas al objeto de estas ayudas, ni las tasas o licencias necesarias para llevar a cabo la instalación

Tipo de ayuda

La cuantía de la ayuda individual, aportada por el IVACE, será como máximo de 75 €/m2 para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco). La aportación del comercio o empresa instaladora adherida, consistirá en un descuento en la factura (antes de aplicar IVA) de 15 €/m2 en el momento de la instalación.

La cuantía de la ayuda aportada por el IVACE, no podrá suponer en ningún caso el 30% del coste subvencionable. Si se diera este caso, la aportación del IVACE se reducirá hasta el límite del 30%. Asimismo, la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas y puertas-ventana.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 29 de enero de 2019 y finalizará el 13 de junio de 2019.

Procedimiento

*Una vez el beneficiario decida llevar a cabo la renovación de las ventanas y/o puertas-ventana, se pondrá en contacto con un comercio o empresa instaladora adherida al Plan. La oficina de campaña podrá informarle sobre cuáles son los comercios o empresas instaladoras adheridas a la misma o a través de la página web (planrenove.ivace.es).

*La empresa instaladora, en nombre del solicitante, tramitará de manera telemática la solicitud y la documentación complementaria establecida en el artículo 11 de la presente Resolución.

*La solicitud se entenderá cursada, cuando el impreso de solicitud normalizado esté debidamente cumplimentado, y se acompañen los datos de identidad del solicitante (fotocopia del DNI/NIE), declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social (incluida en la solicitud normalizada) y el presupuesto aceptado por el mismo. En este momento, se le otorgará un número de expediente y una fecha de registro, que se tendrá en cuenta como criterio de concesión de las ayudas

*Para cumplimentar el impreso de solicitud normalizado, el instalador o empresa instaladora procederá a rellenar en la plataforma telemática (acceso privado de la web planrenove.ivace.es), todos los datos necesarios para generar dicha solicitud. Una vez cumplimentada correctamente, la solicitud deberá ser firmada por el comprador y el instalador/empresa instaladora, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la sustitución realizada y adjuntando una copia a la plataforma.

*Es importante resaltar, que el instalador o empresa instaladora ha de descontar de la base imponible de la factura, la parte correspondiente a su aportación, es decir le aplicará al beneficiario un descuento de 50 euros.

*Una vez aportada toda la documentación por parte de la empresa instaladora, desde la oficina de campaña se verificará que el solicitante cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria de ayudas y se comprobará toda la documentación presentada, requiriendo, en su caso, a los interesados para que procedan a subsanar dicha documentación en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, con la advertencia de que si transcurrido ese plazo no se aportase la documentación requerida, se le tendrá por desistido de la solicitud.

*Tanto la oficina de campaña, como el propio IVACE (Unidad de Energía) como órgano competente para la instrucción del procedimiento, podrán requerir al solicitante o a la empresa instaladora cualesquiera otros datos, documentos e informes complementarios que resulten necesarios para la comprobación de la actuación realizada.

*Con el fin de que los beneficiarios de las ayudas tengan conocimiento del contenido integro de la resolución de concesión de las ayudas, se publicará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y podrá consultarse en www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, en la página web del IVACE www.ivace.es y en la página web específica del plan (planrenove.ivace.es).

*Una vez concedida la ayuda, el IVACE realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en la solicitud de ayudas.

Comercios o Empresas instaladoras: adhesiones

Los comercios y las empresas instaladoras interesadas en participar y colaborar en la convocatoria de ayudas deberán hacer entrega a través de la plataforma web informativa de los Planes Renove Renhata del IVACE (planrenove.ivace.es), de la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado, así como la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.

La adhesión de los comercios y empresas instaladoras comenzará el día 17 de enero de 2019 y finalizará el 16 de mayo de 2019.

El listado de los comercios y empresas instaladoras adheridas se publicará en la página web informativa de los Planes Renove que promueve el IVACE y se encontrará disponible en la oficina de campaña.

Más información.

http://planrenove.ivace.es/es/plan-renove-ventanas/informacion-plan-renove-ventanas

Volver